Edicto
Doña María Asunción González Elías, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 y de lo Mercantil de Logroño,
Anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 901/2010, por auto de fecha 8 de enero de 2015, se ha acordado la conclusión del concurso seguido sobre la mercantil Cromolux Tratamientos S.L. Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros.
2.º Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración Concursal de la concursada.
3.º La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.
4.º Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de Cromolux Tratamientos S.L., disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.
5.º A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE.
Logroño, 8 de enero de 2015.- La Secretaria Judicial.
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