Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Granada,
Anuncia: Que en el concurso voluntario n.º 930/09, con NIG núm. 1808742M20090001080, seguido a instancia de don José Francisco Gonz´slez Arellano, con DNI núm. 23.787.796-T, por auto de fecha diecisiete de febrero de 2015, se ha acordado:
La conclusión del presente concurso y de conformidad a ello:
Primero: Procede su publicación en BOE y en el registro público concursal quedando expedita la posibilidad de ejercicio de acciones por los acreedores.
Segundo. Procede la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes librando a tal efecto los mandamientos oportunos.
Tercero: Llévese testimonio de esta resolución a las secciones del concurso.
Cuarto: Procede que una vez firme el presente el administrador concursal presente su credencial en el Juzgado cesando en tal momento, y tras las publicaciones pertinentes, de su cargo.
Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno (artículo 177 de la LEC).
Granada, 18 de febrero de 2015.- La Secretaria judicial.
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