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Documento BOE-B-2015-9016

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 2015, páginas 12385 a 12385 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-9016

TEXTO

Doña María José Hompanera González, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil n.° l0 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.° 111, edificio C, planta 13, de Barcelona.

Número de asunto.-Concurso voluntario núm. 59/2015-C.

Tipo de concurso.-Concurso voluntario abreviado.

Entidad instante del concurso y CIF.-Cristal Badalona, S.L., con domicilio en Badalona, calle CoIl i Pujol, n.°43 y CIF n.º B58052689.

Fecha del auto de declaración.-4-3-2015.

Administradores concursales.-ADCOBCN ASOCIADOS, S.L.P., en calidad de sociedad profesional, con domicilio en Barcelona, calle Balmes, n.° 156, 3.º-2.ª, de 08008 Barcelona, tlf. 93 368-83-46 y en su representación a don David Andrés Valencia, con DNI n.° 46.756.095-Q y con la dirección de correo electrónico: md@mdjuridico.es

Facultades del concursado.-Intervenidas.

Llamamiento a los acreedores.-Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicio o a la dirección indicados.

Barcelona, 4 de marzo de 2015.- La Secretaria judicial.

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