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Documento BOE-B-2015-9157

Anuncio del Gabinete Técnico de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo por el que se notifica a la Asociación de Fabricantes de Riego Españoles (AFRE) la Resolución de Procedimiento de Reintegro de la subvención : "Proyecto para la definición, debate y constitución de Iberaqua".

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 2015, páginas 12582 a 12582 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-B-2015-9157

TEXTO

En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no siendo posible practicar la notificación por causas no imputables a la Administración, de las previstas en el apartado 5 de dicho precepto, mediante el presente anuncio se notifica a la entidad, Asociación de Fabricantes de Riego Españoles (AFRE) la Resolución de Procedimiento de Reintegro de la subvención: "Proyecto para la definición, debate y constitución de Iberaqua".

La justificación de esta subvención fue objeto de estudio y análisis por cuenta de la AECID, emitiéndose el correspondiente informe, del que se desprende una cantidad insuficientemente justificada que asciende a 16.689,71, y que se remitió al beneficiario junto con el Inicio de Procedimiento de Reintegro para que realizara las oportunas correcciones de defectos.

El beneficiario no ha presentado alegaciones en el plazo concedido.

En virtud del artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones procede el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, entre otros, en el caso contemplado en el apartado primero, párrafo c, circunstancia que concurre en el presente supuesto.

Calculados los intereses de demora de acuerdo con los artículos 37.1 y 38.2 de Ley General de Subvenciones, su importe asciende a 5.313,91euros.

Como consecuencia de las obligaciones incumplidas puestas de manifiesto, el beneficiario debe reintegrar un total de 16.689,71 que, incrementados con los intereses de demora 5.313,91euros euros, suponen un total de 22.003,62 euros.

El texto completo del acto puede ser solicitado por el interesado en el Gabinete Técnico de la AECID, Avenida Reyes Católicos, 4, 28040 de Madrid.

El pago de la cantidad adeudada se realizará en efectivo, a través de transferencia en la cuenta del Banco de España número: ES 64 9000 0001 20 0200003247, C/ Alcalá, 50-28010 Madrid, indicando claramente el concepto del reintegro.

Madrid, 12 de marzo de 2015.- El Director del Gabinete Técnico de la AECID.

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