Edicto-cédula de notificación
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
Juzgado de Primera Instancia número 7 de Marbella.
Número de Identificación General: 2906942C20110011379.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1379/2011. Negociado: 07.
Sentencia número 105/2013.
Magistrada que la dicta: Mónica Carvia Ponsaillé.
Lugar: Marbella. Fecha: once de julio de dos mil trece.
Parte Demandante: Ana Isabel Díaz Cruces y Salvador Díaz Cruces.
Abogada: María Dolores López Artacho. Procuradora: Mónica Calvellido Sánchez.
Parte Demandada: Trapiche, S.A. (actualmente Trapiche, S.L.).
Objeto del Juicio: Elevar contrato de compraventa a escritura pública.
Fallo: Que debo estimar y estimo la demanda formulada por la Procuradora Doña Mónica Calvellido Sánchez, en nombre y representación de Doña Ana Isabel Díaz Cruces y Don Salvador Díaz Cruces, contra Trapiche, S.A. (actualmente Trapiche, S.L.), declarando la obligación de la demandada Trapiche, S.A. (actualmente Trapiche, S.L.) de otorgar escritura pública de compraventa a favor de Doña Ana Isabel y Don Salvador Díaz Cruces de la finca descrita en el fundamento de derecho cuarto de la presente resolución, de acuerdo con el contenido del documento privado suscrito por las partes de fecha 25 de octubre de 1980, ante el Notario y en el plazo de un mes desde la firmeza de la Sentencia, condenando al demandado a estar y pasar por esta declaración. Si la demandada no cumple voluntariamente esta condena se estará a lo dispuesto en el artículo 708 del Código Civil. Las costas ocasionadas en esta instancia se imponen a la parte demandada.
La presente resolución no es firme pues contra ella pueden interponer recurso de apelación que deberá interponerse ante este Juzgado en el plazo de los 20 días siguientes a su notificación. El órgano jurisdiccional competente para conocer del recurso de apelación es la Audiencia Provincial de Málaga.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo: Mónica Carvia Ponsaillé, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Marbella.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Trapiche, S.A., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Marbella, 13 de noviembre de 2014.- El/La Secretario.
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