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Documento BOE-B-2015-9857

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 30 de marzo de 2015, páginas 13537 a 13537 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-9857

TEXTO

D. Gregorio Pérez Fernández-Mayoralas, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I del concurso 532/2014 y NIG n.º 13034 41 1 2014 0019231, se ha dictado en fecha 25 de marzo de 2015 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Gran Hotel de Tomelloso, S.L., con CIF: B-13.333.024, y domicilio en Tomelloso, calle Cruz, n.º 2.

2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del concursado queden intervenidas por la administración designada al efecto, recayendo esta designación en el Letrado D. JUAN NOBLEJAS GÓMEZ, colegiado n.º 1612 y con domicilio en Juan II, bloque 1 A, planta 2.ª A, de Ciudad Real, y dirección de correo electrónico juan@horizontalia.es. para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º La Administración concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al Juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

Éstos a su vez podrán solicitar a la Administración concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 LC).

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 26 de marzo de 2015.- El Secretario judicial.

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