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Documento BOE-B-2016-10013

Anuncio de 24 de febrero de 2016 de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Granada, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, aprobación del proyecto de ejecución, y reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública del proyecto de instalación denominado "Reformado al Proyecto de Autorización Administrativa y Ejecución de Instalaciones para el Suministro de Gas Natural al Núcleo Urbano de Pinos Puente (Granada)". Expte. DGC 24/15.

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 17 de marzo de 2016, páginas 12459 a 12462 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2016-10013

TEXTO

A los efectos previstos en los artículos 55 y 73 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, el RD 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11, el Real Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles, en cuanto que no se oponga al citado RD 919/2006, así como el Decreto 304//2015, de 28 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo Empresa y Comercio, Resolución de 28 de enero de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, por la que se delegan competencias a las Delegaciones Provinciales, Orden de 05 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería, y en general la aplicación del Título IV del RD 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; esta Delegación Territorial somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, aprobación del proyecto de ejecución, así como el reconocimiento, en concreto, de su utilidad pública que se detalla a continuación.

Peticionario: GAS NATURAL ANDALUCÍA, S.A., con C.I.F. A-41.225.889, y domicilio a efectos de notificaciones en Sevilla, Polígono Industrial Pineda, Calle E, parcela 4, (C.P: 41.012).

Objeto de la petición: Autorización administrativa previa, aprobación del proyecto de ejecución, declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto denominado "Reformado al Proyecto de Autorización Administrativa y Ejecución de Instalaciones para el suministro de Gas Natural al Núcleo Urbano de Pinos Puente (Granada)". Expte. DGC 24/15.

Descripción de las instalaciones: Instalación de Canalización de gas, instalaciones auxiliares consistentes en las válvulas de seccionamiento, estación de regulación y medida y sistemas asociados de protección catódica y comunicaciones.

Trazado: Tiene su inicio en la conexión con la red de gas natural MOP 10 bar existente, junto a la fábrica de aceites de Sierra Sur. Se cruzará las líneas de ferrocarril hasta llegar al núcleo urbano de Pinos Puente.

Presión: MOP 10 – 0.4 bar

Tubería: Gr L245, PE 100S DR 11, PE 100 SDR 17.6

Caudal: 690 Nm³/h

Longitud: 9.225 metros.

Instalaciones auxiliares: Tres válvulas de seccionamiento. Sistemas asociados de protección catódica y comunicaciones.

Estaciones de regulación y medida: Una estación de regulación y medida (ERM), situada al inicio de la calle Caribe, próximo a la CN-432, con entrada en 10 bar y salida en 0.4 bar, de 10-0.4Q 1000-D.

Presupuesto: Trescientos noventa y cuatro mil trescientos dieciséis euros con cincuenta y tres céntimos (394.316,53 €).

Afección a fincas de propiedad privada derivada de la construcción del gasoducto y sus instalaciones:

Uno. Expropiación forzosa de los terrenos sobre los que se han de construir las instalaciones fijas en superficie.

Dos. Para las canalizaciones:

A) Imposición de servidumbre permanente de paso de gas a lo largo del trazado de la conducción, con una anchura de tres metros (3 m), uno y medio (1,5 m) a cada lado del eje, por donde discurrirá enterrada la tubería y cable de comunicación y telemando que se requieran para la conducción del gas. Esta servidumbre que se establece estará sujeta a las siguientes limitaciones al dominio:

1. Prohibición de efectuar trabajos de arada, cava o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros (50 cm), así como de plantar árboles o arbustos de tallo alto.

2. Prohibición de realizar cualquier tipo de obras, construcción, edificación, movimiento de tierras o efectuar acto alguno que rebaje la cota del terreno o pueda dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones.

3 Libre acceso del personal y equipos necesarios para la vigilancia y para mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

4 Posibilidad de instalar hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para ello.

B) Contigua a la zona de servidumbre permanente antes detallada existe una zona de seguridad, definida en UNE 60-305-83 en la cual la ejecución de excavaciones u obras pueda representar un cambio en las condiciones de seguridad de canalización y en la que no se dan las limitaciones anteriores ni se prohíben las obras incluidas como prohibiciones en la zona de servidumbre de paso, siempre que se informe previamente al titular de la instalación para la adopción de las acciones oportunas que eviten los riesgos potenciales para la canalización.

C) Ocupación Temporal, por obras de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, de la franja que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo, y se realizarán los trabajos u operaciones necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos.

Tres.- Para el paso de los cables de conexión y elementos dispersores de la protección catódica:

A) Imposición de servidumbre permanente de paso en una franja de terreno de un metro (1 m) de ancho, por donde discurrirán enterrados los cables de conexión. Para los lechos dispersores de la protección catódica, la franja de terreno, donde se establece la imposición de servidumbre permanente de paso, tendrá como anchura, la correspondiente a la de la instalación más un metro a cada lado. Estas franjas estarán sujetas a las siguientes limitaciones:

- Prohibición de efectuar trabajos de cava arada o similares a un profundidad superior a cincuenta centímetros (50 cm), y a plantar árboles o arbustos a una distancia inferior a metro y medio (1.5 m), a cada lado del cable de conexión o del límite de la instalación enterrada de los lechos dispersores, pudiendo ejercer el derecho a talar o arrancar los árboles o arbustos que hubiera a distancia inferior a la indicada.

- Libre acceso del personal y elementos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago en su caso, de los daños que se ocasionen.

B) Ocupación temporal por obras, como necesidad derivada de la ejecución de las obras, de la zona que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación, y en la que se podrá hacer desaparecer todo obstáculo, así como realizar las obras necesarias para el tendido y montaje de las instalaciones y elementos anexos, ejecutando las obras u operaciones precisas a dichos fines.

La declaración en concreto de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 105 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los afectos del art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

Lo que se hace público para conocimiento general de todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas, para que puedan examinar el expediente en la Secretaria General de la Delegación Territorial, en Granada, sita en C/ Joaquina Eguaras nº 2, 5ª Planta y presentar por triplicado, en esta Delegación Territorial, las alegaciones que consideren oportunas en el plazo de veinte días hábiles (20 días), contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio.

RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS.

PROYECTO: REFORMADO AL PROYECTO DE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y EJECUCIÓN DE INSTALACIONES PARA EL SUMINISTRO DE GAS NATURAL AL NÚCLEO URBANO DE PINOS PUENTE (GRANADA).

TERMINO MUNICIPAL: PINOS PUENTE

Abreviaturas utilizadas: SP. m.l.= Servidumbre permanente de paso en metros lineales; SP. m² = Servidumbre permanente de paso en metros cuadrados; OT. m² = Ocupación temporal por obras en metros cuadrados; SE. m² = Expropiación en dominio en metros cuadrados.

Finca

Titular – Dirección - Población.

SP

m.l.

SP

OT. m²

SE.

Referencia Catastral

Naturaleza

GR-PI-1

Aceites Sierra Sur S.A - Calle frente Estación FFCC - Pinos Puente - 18240. Pinos Puente (Granada)

13

39

105

2

3129012VG3232G

Industrial

GR-PI-2

Francisco Navarro Pelayo Sánchez - Camino de Ronda 83, 4ºB - 18004.Granada.

María Mercedes Navarro Pelayo Sánchez - Calle Cardenal Parrado 1, 2ºA - 18013.Granada.

Virginia Mercedes Navarro Pelayo Sánchez - Calle Infanta Beatriz, 1, 3ºB - 18004.Granada.

17,5

52,5

158,6

2

3129035VG3232G

Suelo sin Edificar

GR-PI-3

Francisco Rodriguez Calvo - Calle Valdemoro, 66 Esc: Bl, 1º - 28901. Getafe (Madrid)

15,2

45,6

122,3

0

3129042VG3232G

Suelo sin Edificar

GR-PI-4

Las Vegas 2020 S.L. - Calle Andorra, 2, 1º A - 18009. Granada

50

150

400

0

3129037VG3232G

Suelo sin Edificar

GR-PI-5

Las Vegas 2020 S.L. - Calle Andorra, 2, 1º A - 18009. Granada

52.7

156, 7

124,8

0

3129039VG3232G

Suelo sin Edificar

GR-PI-6

Junta de Andalucía - Calle Juan Antonio Vizarrón - 41010. Sevilla

93.3

279,7

726

0

3129009VG3232G

Industrial

GR-PI-7

Agrocross - Calle Briones, 19 - 18240. Pinos Puente (Granada)

163

488

1297

0

3129008VG3232G

Industrial

GR-PI-8

Herederos de Alberto Sánchez Osuna - Calle Real, 174 - 18240. Pinos Puente (Granada).

117,45

352,3

952,5

0

3129021VG3232G

Residencial

GR-PI-9

Fabio Sánchez Sánchez - Ur. Suelo Urb U2 125 – 18240. Pinos Puente (Granada)

6,3

18,96

40

2

3129020VG3232G

Suelo sin Edificar

Granada, 24 de febrero de 2016.- El Delegado Territorial. Fdo.: Juan José Martín Arcos.

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