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Documento BOE-B-2016-10216

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 19 de marzo de 2016, páginas 12681 a 12681 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-10216

TEXTO

Don Luis MIGUEL GONZALO CAPELLINI, LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL JUZGADO MERCANTIL 1 BARCELONA,

Hace saber: Que en los autos con NIG 08019 47 1 2015 8006551 y n 23/2016 B se ha declarado concurso voluntario de fecha 19 de enero de 2016 de la mercantil POSYDUL, S.L., con CIF nº B 65465270, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El administrador concursal es la sociedad GRUPO BETULO CONCURSAL, SLP, con domicilio en C/ Sant Miquel, 36 2 08003 Barcelona y correo electrónico comunicaciones@grupobetulo.com

Conforme a lo dispuesto en el articulo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberan poner sus creditos en conocimiento de la administracion concursal en el domicilio sito en C Sant Miquel 36 2 08003 Barcelona (Barcelona), o remitirse a dicho domicilio. Tambien podra efectuarse la comunicacion por medios electronicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial, se indicarán, además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una direccion electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicades resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tiene derecho a comparecer y personarse en las actuaciones designando abogado y procurador que les defienda ya representen salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 26 de enero de 2015.- Letrado de la Admón. de Justicia.

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