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Documento BOE-B-2016-10612

Extracto de la Resolución de 11 de marzo de 2016, de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan para el año 2016 ayudas selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto.

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 2016, páginas 13213 a 13214 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2016-10612

TEXTO

BDNS(Identif.):302308

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):

Primero. Objeto.

Convocar para el año 2016, mediante régimen de concurrencia competitiva, ayudas selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto. Dichas ayudas, de acuerdo con lo indicado en el artículo 4.3 de la Orden ECD/2796/2015, de 18 de diciembre, estarán limitadas a proyectos que se encuentren dentro de una de las siguientes categorías:

Que posean un especial valor cinematográfico, cultural o social.

Que sean de carácter documental.

Que incorporen nuevos realizadores.

Segundo. Beneficiarios.

Empresas productoras independientes.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden ECD/2796/2015, de 18 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" n.º 306, de 23 de diciembre de 2015), por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Capítulo III de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y se determina la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.

Cuarto. Cuantía.

El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 6.000.000 de euros.

El importe máximo de la ayuda que se conceda será de 500.000 euros por proyecto beneficiario, siempre que dicho importe no supere el 40 por 100 del coste que en su día sea reconocido al largometraje.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente extracto en el "Boletín Oficial del Estado".

Sexto. Requisitos de los proyectos.

Los proyectos de largometraje, incluidos los realizados en régimen de coproducción con empresas extranjeras, deben tener nacionalidad española.

Que el coste máximo de producción que, en su día, se reconozca al largometraje sea de 1.800.000 euros.

Que se acredite en el momento de presentar la solicitud de la ayuda que el proyecto tiene garantizada una financiación de, al menos, el 10 por cien del presupuesto previsto para la producción del largometraje

Que, al menos, el 50 por cien de los gastos presupuestados del largometraje se realicen en España o revierta en autores o en equipos técnicos, artísticos o de servicios españoles.

Que, al menos, un 10 por 100 de los gastos presupuestados del largometraje se destinen a copias, publicidad y promoción para su estreno comercial en salas de exhibición cinematográfica.

Que el estreno del largometraje tenga lugar, como mínimo, en quince salas de exhibición. Este número se reducirá a diez en el caso de los largometrajes con versión original en lenguas cooficiales y en el caso de largometrajes de carácter documental.

Que el productor tenga una experiencia probada en la actividad de producción cinematográfica o audiovisual, debiendo haber producido en los últimos cinco años, al menos, dos cortometrajes, un largometraje que haya sido calificado o una serie o programa de televisión.

Madrid, 11 de marzo de 2016.- La Directora general del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, Lorena González Olivares.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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