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Documento BOE-B-2016-10745

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 22 de marzo de 2016, páginas 13349 a 13349 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2016-10745

TEXTO

Edicto

Cédula de notificación

En el procedimiento Verbal 162/14, seguido a instancia de Comunidad de Propietarios "El Olivar de Añoreta", contra doña Fátima Hamouche, sobre reclamación de cantidad por cuotas comunitarias, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Fallo

Que, estimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora doña Rosa Ropero Rojas, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de "El Olivar de Añoreta", contra doña Fátima Hamouche, en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno a la referida demandada a abonar a la actora la suma de dos mil doscientos seis euros con setenta y ocho céntimos (2.206,78 euros), más los intereses devengados por dicha cantidad, calculados al tipo de interés legal del dinero incrementado en dos puntos, desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago.

Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Llévese testimonio de esta resolución a los Autos de su razón, quedando el original en el Libro de los de su clase.

Notifíquese esta sentencia a las partes, previniéndoles de que la misma es firme y contra ella no cabe recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 455.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, tras la reforma operada por el artículo 40 de la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Fátima Hamouche, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Málaga, 2 de febrero de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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