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Documento BOE-B-2016-11147

CASTELLÓN DE LA PLANA

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 26 de marzo de 2016, páginas 13830 a 13830 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-11147

TEXTO

Edicto.

Don JORGE GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal,

Hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha 17/2/2016, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado, n.º 000867/2014, N.I.G. n.º 12040-66-2-2014-0000969, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso Voluntario y Abreviado que se ha seguido frente al deudor "Ramiro Andrés Navarro", domiciliado en calle AUXIAS MARCH, 11 4 VILA-REAL (Castellón) y C.I.F./D.N.I. número 19493189-E.

Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:

Parte dispositiva:

"...PARTE DISPOSITIVA

1º.-Que debía acordar y acordaba la Conclusión del concurso de "Ramiro Andrés Navarro" seguido bajo el número CONCURSO ABREVIADO, número 000867/2014-V, y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.

2º.-Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

3º.- Se acuerda el cese en su cargo del administrador concursal aprobándose las cuentas formuladas.

4º.- Dese al presente auto la publicidad que corresponda en los términos de los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, a cuyo fin se expedirán los correspondientes edictos y mandamientos que se entregarán al Procurador/a del solicitante o instante para que proceda, sin dilación ni excusa, a su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y al Registro Civil del lugar de nacimiento y en el Registro Público Concursal. Publíquese asimismo en el tablón de anuncios de este Juzgado.

5º.- Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio del presente auto en las actuaciones sección primera del concurso.

6º.-Notífiquese el presente auto a la administración concursal, a la concursada, y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso haciéndose saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno en virtud de lo dispuesto en el artículo 177.1 de la Ley Concursal.

Así lo acuerdo mando y firmo, dando fe el Secretario Judicial.

"E/ Letrado de la Administración de Justicia."

En Castellón, 23 de febrero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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