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Documento BOE-B-2016-13680

VALDEMORO

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 11 de abril de 2016, páginas 17053 a 17054 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2016-13680

TEXTO

En Valdemoro, a trece de noviembre de dos mil quince.

D.ª María Begoña González Rozas, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de los de Valdemoro (Madrid),

Hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo, se siguen autos Ordinario n.º 399/2009, seguidos a instancia de Juan Antonio López Polo y Dolores Hernández Morales, representados por el Procurador Rodolfo García-Mochales, contra VENTSISLAV ANGELOV ANGELOV, rebelde en esta causa, en los que se ha dictado la siguiente sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia: 00428/2010

En Valdemoro, a siete de junio del año dos mil diez.

Vistos por mí, Teodoro Molino Tejedor, Juez del Juzgado Mixto numero 2 de Valdemoro, los presentes autos de juicio ordinario arrendaticio, número 399 del año 2009 seguidos ante este juzgado a instancia de Don Juan Antonio López Polo y de Doña Dolores Hernández Morales representados por el Procurador Don Rodolfo García Mochales Gutiérrez y asistidos por la Letrada Doña Flor García Moreno, frente a Don Paulino Pascual Guerrero y Doña Avelina Pascual Mateo representados por la Procuradora Doña Esmeralda Figueroa López y asistidos por el Letrado Don Jorge Sánchez de Castro Calderón; y contra Don Emilio Vallecillo Fernández representado por la Procuradora Doña Esmeralda Figueroa López y defendido por el Letrado Don Santiago Gutiérrez y Arteche; y contra Don Ventsislav Angelov Angelov que fue declarado en rebeldía procesal.

Fallo:

Estimar la demanda formulada por el Procurador Don Rodolfo García-Mochales Gutiérrez, en nombre y representación de don Juan Antonio López Polo y de Doña Dolores Hernández Morales contra Don Paulino Pascual Guerrero y Doña Avelina Pascual Mateo, frente a Don Emilio Vallecillo Fernández y contra Don Ventsislav Angelov Angelov, con los siguientes pronunciamientos:

1.- Declara nulo el contrato llamado "documento de reconocimiento de compra" suscrito entre Doña Dolores Hernández Morales y Don Emilio Vallecillo Fernández, de fecha 26 de diciembre de 2007.

2.- Condenar a Don Emilio Vallecillo Fernández a pagar a Doña Dolores Hernández Morales la cantidad de 50.000 euros.

3.- Condenar a Don Ventsislav Angelov Angelov a pagar a Don Juan Antonio López Polo la cantidad de 10.000 euros.

Desestimar el resto de las pretensiones contenidas en la demanda y absolver a los demandados de los pedimentos contenidos en las mismas.

4.- Los actores deberán abonar las costas causadas a instancia de Don Paulino Pascual Guerrero y Doña Avelina Pascual Mateo, Los demandados Don Emilio Vallecillo Fernández y Don Ventsislav Angelov Agelov deberán abonar, solidariamente, las costas causadas por los actores.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación que se preparará en plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que, en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497. 2.º de la Ley 1/00, de Enjuiciamiento Civil, sirva de notificación en forma al demandado declarado en situación de rebeldía procesal, VENTSISLAV ANGELOV ANGELOV, y dado su ignorado paradero, expido y firmo el presente.

Valdemoro, 13 de noviembre de 2015.- La Letrado de la Admón de Justicia.

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