Edicto
D. Jorge González Rodríguez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:
Primero: Que por Auto de fecha 11/12/2015, dictado en el procedimiento de concurso abreviado, n.º 000977/2013, N.I.G. n.º 12040-66-2-2013-0001096, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del concurso voluntario y abreviado que se ha seguido frente al deudor "Mont Cuin Castellón, S.L.", domiciliado en calle Ricardo Catala Abad, 30, Castellón y C.I.F/D.N.I. número B-12724068.
Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas:
1º. - El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, este quedará responsable del pago de los créditos restantes pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso de acreedores.
2 º. - El cese en su cargo del administrador concursal aprobándose las cuentas formuladas.
3º. - La extinción de la mercantil y el cierre de su hoja registral.
Castellón, 11 de diciembre de 2015.- El/la Secretario/a Judicial,
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