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Documento BOE-B-2016-14990

Corrección de errores del extracto de la Resolución de 16 de marzo de 2016, de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan ayudas para 2016, del Programa de Asociaciones de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 16 de abril de 2016, páginas 18708 a 18709 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-B-2016-14990

TEXTO

BDNS(Identif.):302738

Advertidos errores en el extracto publicado en el Boletín Oficial del Estado número 76, de 29 de marzo de 2016, correspondiente a la Resolución de 16 de marzo de 2016 de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan ayudas para 2016 del Programa de Asociaciones, el contenido del mismo se sustituye por el siguiente:

Extracto de la Resolución de 16 de marzo de 2016 de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan ayudas para 2016 del Programa de Asociaciones de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Primero. Convocatoria

La Dirección General de Migraciones convoca para 2016 ayudas del Programa de Asociaciones de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.

Segundo. Objeto

Estas subvenciones tienen por objeto contribuir a la financiación de los gastos de funcionamiento de las federaciones, asociaciones y centros de españoles en el exterior, y además subvencionar los gastos ocasionados por las reparaciones y el mantenimiento de los centros e instalaciones de entidades radicadas en el exterior, cuya finalidad sea la asistencia social, sanitaria y sociocultural en favor de los españoles del exterior.

Tercero. Normas generales de la convocatoria

Podrán optar a estas ayudas las federaciones, asociaciones o centros de españoles en el exterior, que cuenten con un número de asociados mayor de cincuenta, y que desarrollen una labor asistencial a favor de los españoles del exterior, así como entidades que tengan por finalidad el apoyo y la promoción sociocultural de los españoles en el exterior.

Las entidades solicitantes deberán carecer de ánimo de lucro, estar legalmente constituidas, radicadas en el extranjero y figurar inscritas, en su caso, en el Censo de Asociaciones y Centros de la Dirección General de Migraciones, con dos años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.

Las solicitudes de ayudas se formalizarán en los modelos normalizados que están disponibles en la página web del Portal de la ciudadanía española en el exterior (http://www.ciudadaniaexterior.empleo.gob.es/) y en la sede electrónica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social(https://sede.empleoyseguridadsocial.gob.es/es/sede_electronica/index.htm).

El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de este extracto en el B.O.E.

Madrid, 30 de marzo de 2016.- El Director General de Migraciones, Aurelio Miras Portugal.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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