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Documento BOE-B-2016-15128

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 93, de 18 de abril de 2016, páginas 18852 a 18852 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-15128

TEXTO

Edicto

Doña Cristina M.ª Valero Doménech, Letrado/a Admon. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 000787/2010, habiéndose dictado en fecha 10/03/16 por el Ilmo./a. Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Se decreta la conclusión del concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000787/2010, promovido por el Procurador Sr./a. Gomis Segarra, María Consuelo, en nombre y representación de la mercantil Herederos de Manuel Serra, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda disponer el cese del Administrador concursal D./D.ª Francisco Valero Mir, con DNI n.º 22.508.320-Z, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Herederos Manuel Serra, S.L., con CIF B-96125828, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.

Se aprueba la cuenta rendida por la Administración concursal en su informe de fecha 30 de abril de 2015.

Valencia, 10 de marzo de 2016.- El/La Letrado/a Administración de Justicia.

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