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Documento BOE-B-2016-16073

Anuncio de la Autoridad Portuaria de Santander por el que se somete a información pública la solicitud presentada por "Terminal de Agroalimentarios de Santander, Sociedad Anónima", para ampliar el plazo de la concesión para la construcción y explotación de una terminal de descarga de graneles agroalimentarios en el Puerto de Santander.

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 22 de abril de 2016, páginas 20108 a 20108 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2016-16073

TEXTO

La sociedad "Terminal de Agroalimentarios de Santander, Sociedad Anónima", con domicilio social en edificio Puerta de Santander, polígono de Raos, 39011 Santander, ha solicitado a la Autoridad Portuaria de Santander una ampliación del plazo de diez años de la concesión para la construcción y explotación de una terminal de descarga de graneles agroalimentarios en el Puerto de Santander, y que desarrolla operaciones de desestiba, descarga, transporte horizontal, almacenamiento cubierto y recepción/expedición de graneles sólidos agroalimentarios.

De conformidad con lo establecido en el artículo 88.2, que a su vez remite al artículo 85.3 del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante aprobado por el Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, al tratarse de una modificación sustancial de la concesión se publica el presente anuncio para que, en el plazo máximo de veinte días hábiles, a partir del siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado"; las Corporaciones, Entidades y particulares que se crean afectados por tal petición, puedan examinar el expediente de que se trata en las oficinas de la Autoridad Portuaria, sitas en Santander, calle Muelle de Maliaño, sin número, durante las horas hábiles de despacho de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, y presentar en ellas cuantas alegaciones estimen pertinentes relativas a dicha petición.

La presente resolución, al constituir un simple acto de trámite, no es susceptible, de recurso alguno, de conformidad con el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santander, 12 de abril de 2016.- El Presidente, Jaime González López.

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