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Documento BOE-B-2016-16080

Resolución de la Directora General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León por la que se da continuidad al procedimiento y se hace pública la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la DOP «Vino de Calidad de Valtiendas».

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 22 de abril de 2016, páginas 20117 a 20118 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-B-2016-16080

TEXTO

Vista la solicitud de modificación del Pliego de Condiciones de la DOP «Vino de Calidad de Valtiendas», presentada con fecha 28 de diciembre de 2015 por la Asociación Vino de Calidad de Valtiendas, en calidad de órgano de gestión de la citada DOP, al amparo de lo dispuesto en el artículo 105 del R (UE) n.º 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, y por el que se derogan determinados Reglamentos.

Teniendo en cuenta las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento (UE) n.º 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y en el Reglamento (CE) n.º 607/2009, de la Comisión, de 14 de julio de 2009, en los que se establece el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de protección y de modificación de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas de productos vitivinícolas.

Considerando, asimismo, que según lo dispuesto en los artículos 8.6 y 10 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas, si la resolución es favorable, la autoridad competente debe publicar en el «Boletín Oficial del Estado» dicha resolución e iniciar el procedimiento nacional de oposición, concediendo un plazo de dos meses para la presentación de las declaraciones de oposición.

En su virtud de las funciones y facultades atribuidas al Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León en materia de calidad alimentaria por los artículos 2, 3 y 18 de la Ley 7/2002, de 3 de mayo de creación del Instituto, por el artículo 12.2 del Reglamento del Instituto aprobado por Decreto 121/2002 y por el artículo 41 de la Ley 8/2005, de 10 de junio, de la Viña y del Vino de Castilla y León, esta Dirección General resuelve:

Primero.- Continuar el procedimiento para la tramitación de la solicitud de modificación del Pliego de Condiciones de la DOP «Vino de Calidad de Valtiendas», una vez comprobado que se cumplen las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento (UE) n.º 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y en el Reglamento (CE) n.º 607/2009, de la Comisión, de 14 de julio de 2009, en los que se establece el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de protección y de modificación de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas de productos vitivinícolas.

Segundo.- Dar publicidad a la presente resolución ordenando la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la solicitud de modificación del Pliego de Condiciones de la DOP «Vino de Calidad de Valtiendas» y, al objeto de iniciar el procedimiento nacional de oposición, incluir la dirección de la página web oficial donde se encuentra el pliego de condiciones modificado, todo ello conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre.

En el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, cualquier persona, física o jurídica, que esté establecida o resida legalmente en España, cuyos legítimos intereses considere afectados, puede oponerse al registro pretendido mediante la presentación de la correspondiente declaración de oposición dirigida a la Dirección General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, en carretera de Burgos, kilómetro 119, finca Zamadueñas, 47071 Valladolid.

El pliego de condiciones modificado puede consultarse en la siguiente dirección electrónica: http://www.itacyl.es/opencms_wf/opencms/informacion_al_ciudadano/calidad_alimentaria/7_vinicos/index.html.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera de Agricultura y Ganadería en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Valladolid, 14 de abril de 2016.- La Directora General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León.

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