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Documento BOE-B-2016-17665

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 104, de 30 de abril de 2016, páginas 22029 a 22029 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-17665

TEXTO

Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid,

Anuncio:

1. Que en este Juzgado se ha seguido procedimiento de concurso voluntario abreviado bajo el número 149/2016 de la mercantil CENTRO DE ALTO RENDIMIENTO DE MANAGEMENT, S.L., en liquidación, con CIF B-40207102, en los que se ha dictado Auto en fecha 21 de marzo de 2016, acordando:

2. Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario al deudor CENTRO DE ALTO RENDIMIENTO DE MANAGEMENT, S.L., en liquidación. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas procedimentales del Capítulo II del Título VIII L.Co. para el procedimiento abreviado.

3. El deudor CENTRO DE ALTO RENDIMIENTO DE MANAGEMENT, S.L., en liquidación, conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.

4. Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176.bis L.Co., con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial:

a. Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.

b. Se acuerda a efectos concursales la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada, disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos y el cierre de las hojas registrales a los efectos concursales, librando para ellos los oportunos mandamientos una vez firme la presente Resolución.

5. Anúnciese en el Boletín Oficial del Estado, en el Tablón de anuncios de Juzgado y en el Registro Público Concursal tanto la declaración de concurso junto a la simultánea conclusión del concurso declarado por causa inexistencia de bienes para atender los gastos de la masa.

6. Firme la presente resolución, inscríbase en el Registro Mercantil de Madrid la declaración del concurso con lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición del concursado, la conclusión del concurso y el alzamiento de toda medida limitativa de las facultades de administración y disposición de la concursada. La concursada figura inscrita al tomo 26110, libro 0, folio 160, hoja M470634.

Y para que sirva de publicidad en forma expido y firmo la presente en

Madrid, 21 de marzo de 2016.- El Letrado/a de la Admón. de Justicia.

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