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Documento BOE-B-2016-18276

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 108, de 4 de mayo de 2016, páginas 22790 a 22790 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-18276

TEXTO

Edicto.

Doña Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 173/2016 en el que sea dictado con fecha 16 de marzo de 2016 auto declarando en estado de concurso a la entidad Technical & Racing Composites, S.L.U., con CIF B17722992 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2016-8000802.

Tipo de concurso: necesario. Se ordena la sustitución de las facultades de disposición y administración que sobre su patrimonio tiene el deudor.

Concursada: Technical & Racing Composites, S.L.U., con domicilio en Carrer de Llevant, número 1, de Fogars de la Selva ( Barcelona).

Administrador concursal: Rousaud Costas Duran Concursal, S.L.P. ( en la persona de Jordi Albiol Planas), con domicilio en Barcelona, calle Escoles Píes, 102, telf. 93.503.48.68, fax, 93.503.48.69 y correo electrónico tr@rcdslp.com.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art 85 de la ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento,, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta oficina judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 6 de abril de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.

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