El Letrado de la Aministración de Justicia del Juzgado Mercantil 7 Barcelona
Hace Saber:
Que en los autos con el n.º 497/2010 F, sobre proceso concursal de la mercantil MEDIA PRODUCCIÓN, S.L.U., por auto de fecha 22-03-16 se ha dictado auto de cumplimiento de convenio del presente procedimiento concursal que es firme y cuya parte dispositiva es la siguiente:
"Que debo declarar y DECLARO EL CUMPLIMIENTO de la propuesta de convenio del deudor MEDIAPRODUCCIÓN, S.L.U., aprobada por sentencia de 23-12-11.
Désele la publicidad que corresponda conforme a lo dispuesto en los arts. 23 y 24 LC, esto es, mediante edictos en el tablón de anuncios del juzgado y en la página web del registro público concursal.
Se informa a los acreedores que disponen del plazo de dos meses a contar desde el siguiente a la publicación de este auto, para ejercitar las acciones de impugnación relativas al incumplimiento de convenio (art. 140 LC).
Firme que sea la presente resolución y haya caducado el plazo de dos meses para ejercitar las acciones impugnatorias, pasen los autos a su SSª para acordar la conclusión del concurso por cumplimiento del convenio.
Notifíquese la presente resolución a las partes personadas.
Contra esta resolución cabe interponer Recurso de Reposición en el plazo de 5 días, a contar desde el siguiente a su notificación y del que conocerá este mismo juzgado. Para su admisión a trámite será precisa la consignación de un depósito previo de 25 euros (art. 197.4 LC).
Así lo acuerda, manda y firma. Doy fe."
Barcelona, 27 de abril de 2016.- El Letrado Judicial.
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