Don Fernando Luis Gramaje Martínez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Castellón,
Hace saber: Que en virtud de lo acordado en los Autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, por el presente se emplaza a los desconocidos e ignorados herederos de don Vicente Salvador Ibáñez, según cédula que literalmente dice:
"...Cédula de Emplazamiento
Tribunal que ordena emplazar
Juzgado de P. Instancia n.º 5 de Castellón.
Asunto en que se acuerda
Procedimiento Ordinario: 000343/2016.
Persona a la que se emplaza
Herederos desconocidos e ignorados de don Vicente Salvador Ibáñez, en concepto de parte demandada.
Objeto del emplazamiento
Comparecer en el juicio indicado para contestar a la demanda.
Tribunal ante el que debe comparecer
En la sede de este Tribunal.
Plazo para comparecer
Veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de este emplazamiento.
Prevenciones legales
1. Si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal, y notificada su rebeldía, no se le volverá a notificar resolución alguna excepto la que ponga fin al procedimiento (artículos 496 y 497 de la LEC).
2. Deberá comparecer con Procurador de los Tribunales que lo represente y Letrado que le defienda (artículos 23 y 31 de la LEC).
3. Deberá comunicar a este Tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación del proceso (artículo 155.5 de la LEC).
Castellón, 7 de abril de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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