Doña Cristina María Valero Doménech, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia,
Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan Autos de Concurso de Acreedores núm. 484/2012 habiéndose dictado en fecha 11 de mayo de 2015 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia Auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
"Parte Dispositiva
Se decreta la conclusión del concurso Concurso Abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 484/2012, promovido por el Procurador Sr./a. Llorente Sánchez, Beatriz en nombre y representación de la mercantil Iluminación Técnica Valencia, S.L., y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.
Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Se acuerda disponer el cese del Administrador concursal don José Francisco López Navarro, con DNI 52671909T, revocando las actuaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Iluminación Técnica Valencia, S.L., con CIF B-97551642, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia, ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.
Se aprueba la cuenta rendida por la Administración Concursal en su informe de fecha 12 de marzo de 2015.
Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el "BOE" de forma gratuita (Disposición transitoria segunda del RDL 3/2009) y en el "BORME", y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada Llorente Sánchez, Beatriz, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el "BOE" y "RPC" los referidos edictos.
Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en Autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del Concurso.
Notifíquese la presente resolución a la Administración Concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC)
Así por este Auto, lo pronuncia manda y firma el Ilmo. Sr. D. José María Cutillas Torns, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe."
Valencia, 11 de mayo de 2015.- La Secretaria judicial.
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