Está Vd. en

Documento BOE-B-2016-2311

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 23, de 27 de enero de 2016, páginas 3045 a 3045 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-2311

TEXTO

Don Rafael Huerta García, Letrado de la Administración de Justicia Sustituto del juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber. Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 1084/2015, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Naus Industrials del Valles S.A. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 1084/2015 Sección C1.

NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2015-8006557.

Entidad concursada.- Naus Industrials del Valles S.A., con CIF n.º A58344219.

Tipo de concurso.- Voluntario.

Fecha del auto de declaración.- 22 de diciembre de 2015.

Administrador Concursal.- Juan Lloret Villota, con domicilio profesional en Avenida Josep Tarradellas 123 5b Barcelona, número de teléfono 932182300, número de fax 932182862, con dirección electrónica creditors@lblpartners.es, designado por Raúl Lorente Sibina con DNI número 38097483-F, administrador solidario de la sociedad LBL Restructuring, S.L.P nombrada administradora concursal,

Facultades del Concursado,. intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 7 de enero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia Sustituto.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid