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Documento BOE-B-2016-25790

Anuncio de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Conocimiento, por el cual se publica la Resolución de autorización de aprovechamiento y de un perímetro de protección para el agua minero-medicinal y termal de la "Captació Sant Cugat", en el término municipal de Sant Cugat del Vallès (Vallès Occidental) Barcelona.

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 8 de junio de 2016, páginas 31876 a 31876 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2016-25790

TEXTO

De acuerdo con lo que dispone el artículo 3 del Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para consumo humano, se publica la Resolución de fecha 4 de abril de 2016, dictada por el Director General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, mediante la cual se autoriza el aprovechamiento y un perímetro de protección para el agua minero-medicinal y termal que procede de la "Captació Sant Cugat".

La mencionada Resolución, en la parte dispositiva que hace referencia al aprovechamiento y perímetro de protección, establece lo siguiente:

"Primero.- Autorizar a la sociedad Gestinverenta, S.L., el aprovechamiento del agua minero-medicinal y termal con fines terapéuticos de la "Captació Sant Cugat", ubicada en el término municipal de Sant Cugat del Vallès, determinada por las siguientes coordenadas UTM (ETRS89-31N):

X: 419.496,46; Y: 4.591.487,94

"Segundo.- Otorgar un perímetro de protección definido por las siguientes coordenadas UTM (ETRS89-31N):

VÉRTICE

X

Y

1

419.200

4.591.900

2

419.900

4.591.900

3

422.000

4.588.650

4

418.700

4.588.200

5

418.702

4.589.663

6

418.716

4.590.896

"Tercero: Autorizar a la sociedad Gestinverenta, S.L., el aprovechamiento de 0,56 l/s (17.660 m³/año) del agua minero-medicinal y termal de la "Captació Sant Cugat".

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Secretario de Empresa y Competitividad en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de esta resolución, sin perjuicio de interponer cualquier otro que se considere oportuno".

Barcelona, 20 de mayo de 2016.- El Subdirector General de Minas y Protección Radiológica, e.f., Eduard Vall i Rosselló.

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