Doña Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y provincia.
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 294/2016 en el que se ha dictado con fecha 13 de mayo de 2016 auto declarando en estado de concurso a la entidad Cercle pel Desenvolupament de la imatge i la moda FAD Barcelona Cercle MODAFAD Barcelona con CIF G-60312915 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
Nig del procedimiento: 08019 - 47 - 1 -2016 - 8002401.
Tipo de Concurso: Voluntario.
Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.
Concursada: Cercle pel Desenvolupament de la imatge i la moda FAD Barcelona Cercle MODAFAD Barcelona con domicilio en Barcelona, Plaça de les Glòries, 37-38, Edificio Dhub.
Administrador concursal: Audilegem Legal and Consulting Services, S.L., con domicilio en Córcega, número 299, 3.º 3.ª, 08008 Barcelona, teléfono 93 362 02 97, fax 93 362 02 98, con correo electrónico cerclefad@audilegem.com
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 24 de mayo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia, Margarita Marquina Castells.
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