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Documento BOE-B-2016-27615

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 15 de junio de 2016, páginas 33969 a 33969 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-27615

TEXTO

Edicto

Don EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal 102/2016, seguido a instancias de la Procuradora Dña. GEMA ADELAIDA PARODI ALMANZOR, en nombre y representación de INTER MINUTOS, S.L.U., se ha dictado Auto el día 25 de mayo de 2016, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de INTER MINUTOS, S.L.U. con CIF n.º B76051853, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designa como Administrador del concurso a Don Miguel González Jiménez, economista, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Domingo Rivero, n.º 2, Oficina 9, CP. 35004 de Las Palmas de Gran Canaria, teléfono 928247377, fax 928247377 y correo electrónico miguel.gonzalez@solverasesores.es

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 1 de junio de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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