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Documento BOE-B-2016-27702

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 16 de junio de 2016, páginas 34098 a 34098 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-27702

TEXTO

EDICTO

D. Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000107/2016, seguido a instancias de la Procuradora Dña. María del Carmen Bordón Artiles, en nombre y representación de MAS KE CUADROS 2009, S.L., se ha dictado Auto el día 13 de mayo de 2016, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de MAS KE CUADROS 2009, S.L. con C.I.F. nº B76033174, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de VOLUNTARIO.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: D. Eugenio Alcantara Mansilla, como abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de C/ Viera y Clavijo, nº 5, 4ª planta, en Las Palmas de Gran Canaria y código postal 35017, teléfono 928 36 17 66 y FAX 928 36 19 23, así como Dirección electrónica eugenio@mbrabogados.es.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; INTERVENCIÓN.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 2 de junio de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

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