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Documento BOE-B-2016-28701

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 20 de junio de 2016, páginas 35230 a 35230 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-28701

TEXTO

Doña María Pilar Solanot García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo mercantil número dos de Alicante,

Hago saber que en este juzgado se tramitan los autos de concurso abreviado-000347/2016-R en los que se ha dictado, con esta fecha, auto declarando en estado de concurso voluntario a la mercantil Pla-ton Calzados, Sociedad Anónima, con domicilio en la calle Maximiliano García Soriano, 12 (03600 de Elda), Alicante con C.I.F número A03304284, inscrita en el registro Mercantil de esta provincia tomo 2263, folio 171, hoja A-1991; a la mercantil Industria Complementaria del Calzado, Sociedad Limitada, con domicilio en la calle Magallanes, número 11, 2.º (03600 de Elda), Alicante con C.I.F. número B-03450848, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 3.572, folio 205, hoja número A-3168 y a la mercantil Garraf Manufacturas para el Calzado, Sociedad Limitada, con domicilio en la calle Agustín Cavero, número 34 (03600 de Elda), Alicante con C.I.F. número B-03236908, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 3.433, folio 212, hoja número A-7707.

Facultades: Se decreta la suspensión de las facultades de la administración de la mercantil concursada.

Llamamiento de los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Identidad de la administración concursal: Doña Asunción Romero Delgado, en su calidad de abogada, con NIF número 44258126-P, y con domicilio en la calle García Morato, 11 3.º izquierda (03004-Alicante), teléfono y fax 958258822, correo electrónico 4130@icagr.es.

Examen de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta oficina judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Alicante, 31 de mayo de 2016.- La letrada de la Administración de Justicia.

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