BDNS(Identif.):307482
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
b) Las universidades públicas e institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos.
Los beneficiarios, con independencia de su naturaleza jurídica, deberán tener la consideración de poder adjudicador, en los términos establecidos en el punto 3 del artículo 3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Segundo. Objeto.
Subvenciones para el desarrollo de los planes estratégicos de las Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS), correspondientes al Subprograma Estatal de Infraestructuras Científicas y Técnicas y de Equipamiento en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2013-2016, aprobado por Consejo de Ministros en su reunión del 1 de febrero de 2013.
Su finalidad es proveer, mantener y actualizar las ICTS para que sean accesibles a todos los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación y facilitar una investigación científico-técnica de calidad así como el desarrollo de actividades empresariales de I+D altamente competitivas. En concreto, contempla la construcción, desarrollo, instrumentación, equipamiento, y mejora de las ICTS.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden ECC/2193/2013, de 18 de noviembre, publicada en el BOE n.º 282, de 25 de noviembre de 2013.
Cuarto. Importe.
La dotación de las ayudas en forma de subvenciones es de 7 millones de euros
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Desde el 30 de junio de 2016 hasta el 14 de julio de 2016 a las 15:00 horas (hora peninsular española).
Sexto. Otros datos.
Cada ICTS podrá presentar una única solicitud, en la que agrupará todos sus proyectos y las actuaciones contenidas en estos, y que estará acompañada por una memoria, en la que se incluirá un resumen motivado de las actuaciones. Las solicitudes y sus memorias se acompañarán de los siguientes documentos, que revestirán la forma de declaración responsable:
1. Acreditación de la condición de beneficiario.
2. Declaración de IVA soportado por el solicitante, a efectos de determinar su elegibilidad.
3. Declaraciones responsables artículos 13 y 14 de la Ley General de Subvenciones, de contabilidad separada, de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y de otras ayudas compatibles.
Madrid, 8 de junio de 2016.- La Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, Carmen Vela Olmo.
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