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Documento BOE-B-2016-33902

Resolución EMC/ /2016, de 27 de junio, de la Generalitat de Cataluña, Departamento de Empresa y Conocimiento, de los Servicios Territoriales en Tarragona, por la cual se otorga a la empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., la declaración de utilidad pública de la variante de la línea eléctrica 110 kV SE Tarragona-SE la Geltrú y SE Altafulla-SE Garraf, entre los apoyos T.303 y T.253, en los términos municipales de Calafell y el Vendrell. Exp. 11544/2015 (RAT-11437-V).

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 12 de julio de 2016, páginas 41565 a 41568 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2016-33902

TEXTO

La empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., con domicilio social en la avenida Vilanova, n.º 12, de Barcelona, ha solicitado ante estos Servicios Territoriales en Tarragona del Departamento de Empresa y Conocimiento la declaración de utilidad pública de la variante de la línea eléctrica 110 kV SE Tarragona-SE la Geltrú y SE Altafulla-SE Garraf, entre los apoyos T.303 y T.253, en los términos municipales de Calafell y el Vendrell.

Finalidad: re-potenciar la actual línea aérea doble circuito 110 kV con el objetivo de aumentar la potencia a transportar y mejorar la calidad del servicio de la zona. La re-potenciación consiste en la construcción de una nueva línea con un nuevo trazado que se pretende adaptar en el pasillo de servicios que transcurre por las autopistas AP-7 y C-32 y el desmantelamiento de la línea existente, la cual, su trazado, transcurre por núcleos urbanos de los municipios del Vendrell y Calafell.

Características generales de la línea:

Nueva línea aérea nuevo T.303 a T.253 existente:

Sistema: corriente alterna trifásica

Frecuencia: 50 Hz

Tensión nominal: 110 kV

Tensión más elevada de la red: 123 kV

Potencia por circuito: 152,4 MVA

Longitud: 12.282,55 metros

Número y tipo de circuito: 2, simple

Número y tipo de conductor:

6 x LA-455 (402-AL1/52-ST1A) (de T.303 a T.254)

6 x LA-280 (242-AL1/39-ST1A) (de T.254 a T.253)

Número y tipo de cable del suelo: 1, OPGW 48 17 kA

Tipo de aislamiento: polimérico

Tipo de apoyos y material: celosía de acero galvanizado

Disposición de conductores y CT: hexágono regular/irregular cúpula simple

Número de apoyos a instalar: 49

Cementados: Monobloque 4 patas

Tipo aislamiento y material: CS 100 SB 650/4500 polimérico

Puestas a tierra: Electrodos profundos

Línea a retensar T.311 existente a nuevo T.303:

Longitud: 54,05 metros

Número y tipo de circuito: 2, simple

Número y tipo de conductor: 6 x CU-127

Número y tipo de cable del suelo: 2, AC-50

Línea a desmontar:

Longitud: 10.854 metros

Número y tipo de circuito: 2, simple

Número y tipo de conductor: 6 x CU-127

Número y tipo de cable del suelo: 2, AC-50

Tipo de apoyos y material: Celosía de acero galvanizado

Disposición de conductores y CT: Hexágono regular cúpula doble/simple

Número de apoyos a desmontar: 56

Cementados apoyos a desmontar: 4 patas

Presupuesto: 4.478.060,18 euros.

Visto lo que establece la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; en cumplimiento de los trámites que establecen el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el cual se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas y el título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el cual se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la solicitud mencionada ha sido sometida a un periodo de información pública mediante el anuncio publicado en el DOGC n.º 7094, de 7 de abril de 2016, en el BOE n.º 86, de 9 de abril de 2016, en el BOE n.º 100, de 26 de abril de 2016 (corrección de errores) y en el diario el Punt de 2 de abril de 2016.

De acuerdo con el artículo 146.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, el trámite de información a Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de servicios de interés general se entiende realizado con la consulta realizada en el trámite de autorización administrativa de construcción, cumpliendo los requisitos y trámites establecidos en el artículo 127 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se enviaron las correspondientes separatas y se solicitó informe a: el Ayuntamiento de Calafell; el Ayuntamiento del Vendrell; Servicio Territorial de Carreteras de la Generalitat en Tarragona; Diputación de Tarragona (Servicio de Carreteras); Ministerio de Fomento (Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña); Agencia Catalana del Agua; ADIF, S.A.; Consorcio de Aguas de Tarragona; Telefónica de España, S.A.; Inovyn España, S.L. (sociedad que engloba la anterior Solvin Spain, S.L.) y Abertis. Todos ellos emitieron informe favorable o con condicionantes que fueron aceptados por la empresa peticionaria, excepto el Ayuntamiento del Vendrell que no se manifestó, previa reiteración, por lo cual, y de acuerdo con el artículo 131 del Real Decreto 1955/2000, se entiende su conformidad.

De acuerdo con lo que dispone el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se comunicó a los ayuntamientos indicados el anuncio que incluye la descripción general de la instalación, su trazado y la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados, para su exposición al público por‹A[por|para]› un periodo de veinte días, a fin de que se pudiera comprobar la existencia de errores en la relación de bienes y derechos mencionada, así como formular las alegaciones que fueran procedentes, de acuerdo con lo que disponen los artículos 145 y 147 del mismo Real Decreto. Todos los ayuntamientos han certificado la exposición del anuncio.

De acuerdo con el artículo 19.6 de la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, de Garantía y Calidad del Suministro Eléctrico, se ha realizado notificación individualizada de la solicitud a todos los titulares de bienes y derechos afectados, junto con la documentación justificativa de la afectación en los bienes de su titularidad. Diversos particulares afectados presentaron alegaciones, las cuales fueron notificadas a la peticionaria para su conocimiento y rectificaciones, habiéndose dado respuesta motivada, por parte de la peticionaria, a todas las alegaciones presentadas.

Vista la declaración de impacto ambiental de fecha 14 de septiembre de 2010, aprobada por la Ponencia ambiental del Departamento de Territorio y Sostenibilidad y aprobación definitiva del Plan especial de adecuación de la actual línea eléctrica 110 kV SE Tarragona-SE la Geltrú y SE Altafulla-SE Garraf, entre los apoyos T.303 y T.253, en los términos municipales de Calafell y el Vendrell, publicado en el DOGC n.º 6630, de fecha 26 de mayo de 2014.

Vista la autorización administrativa previa de la instalación eléctrica mencionada, otorgada por Resolución de 14 de octubre de 2014, de los Servicios Territoriales en Tarragona del Departamento de Empresa y Ocupación.

Vista la autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica mencionada, otorgada por Resolución de 14 de diciembre de 2015, de los Servicios Territoriales en Tarragona del Departamento de Empresa y Ocupación.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 38. Redes de distribución del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el cual se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, las instalaciones eléctricas objeto de solicitud constituyen parte de la red de distribución.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, las instalaciones eléctricas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica se declaran, con carácter general, de utilidad pública, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso. De conformidad con el artículo 55 de la norma legal mencionada, las empresas interesadas pueden solicitar el reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública de sus instalaciones, y por eso tienen que incluir una relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que consideren de expropiación necesaria.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 6. Instalaciones de servicio público de más de 30 kV del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el cual se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 7. Competencias para otorgar las autorizaciones del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el cual se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas.

Cumplidos los trámites administrativos que disponen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de Organización, Procedimiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya, y la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen Jurídico y de Procedimiento de las Administraciones Públicas de Cataluña.

Resuelvo:

Declarar la utilidad pública de la variante de la línea eléctrica 110 kV SE Tarragona-SE la Geltrú y SE Altafulla-SE Garraf, entre los apoyos T.303 y T.253, en los términos municipales de Calafell y el Vendrell, autorizada por medio de las resoluciones de los Servicios Territoriales en Tarragona del Departamento de Empresa y Ocupación de 14 de octubre de 2014 y de 14 de diciembre de 2015, por las cuales se otorga a Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción, respectivamente.

Esta declaración lleva implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación urgente de los bienes y derechos afectados, a los efectos que prevé el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre Expropiación Forzosa, y comporta las afecciones que se describen y las que hayan podido aflorar o modificar en la tramitación de este expediente.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante del director general de Energía, Minas y Seguridad Industrial, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción que hace la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Tarragona, 27 de junio de 2016.- La Directora de los Servicios Territoriales en Tarragona, en funciones, Carme Mansilla Cabré.

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