BDNS(Identif.):312736
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicará el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.
Beneficiarios directos de todas las ayudas.
El alumnado que se encuentre en situación de acogimiento.
Los hijos/as de víctimas de violencia de género.
Víctimas del terrorismo.
Beneficiarios directos de las ayudas de transporte escolar.
Alumnos que necesiten transporte adaptado matriculados en centros docentes públicos de Ceuta y Melilla y alumnos de centros públicos de educación especial de Ceuta que no requieren transporte adaptado.
Alumnos escolarizados de oficio en un centro público de Melilla situado a más de 1 kilómetro de distancia del domicilio del alumno.
Beneficiarios con carácter general.
Alumnado al que, cumpliendo los requisitos de la convocatoria, se le conceda la ayuda, en atención a las circunstancias socioeconómicas concurrentes, determinadas por la renta per cápita.
Otros beneficiarios.
Aquellos alumnos que, por diversas circunstancias, se matriculen fuera de los plazos establecidos en esta convocatoria, podrán ser beneficiarios de estas ayudas siempre que cumplan con los criterios y requisitos dispuestos en esta convocatoria. En el supuesto de ayudas de comedor escolar, únicamente si existen plazas vacantes.
Segundo. Objeto.
Ayudas para la adquisición de libros de texto y material didáctico e informático: para el alumnado de centros sostenidos con fondos públicos de las Direcciones Provinciales de Educación de Ceuta y de Melilla
Ayudas para sufragar el servicio de comedor escolar: para el alumnado de centros públicos con servicio de comedor escolar de las Direcciones Provinciales de Educación de Ceuta y de Melilla.
Ayudas para sufragar el servicio de transporte: para el alumnado de centros públicos de las Direcciones Provinciales de Educación de Ceuta y de Melilla:
Ayudas para alumnos con dictamen de necesidades educativas especiales que requieren transporte adaptado de las ciudades de Ceuta y Melilla.
Ayudas para alumnos con dictamen de necesidades educativas especiales matriculados en centros de educación especial de la ciudad de Ceuta que no requieren transporte adaptado.
Ayudas para alumnos de centros docentes públicos de la Dirección Provincial de Educación de Melilla que no requieran transporte adaptado.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden ECI/1815/2005, de 6 de junio (BOE del 15) por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio por el Ministerio de Educación y Ciencia.
Cuarto. Cuantía.
Ayudas para la adquisición de libros de texto y material didáctico e informático por un importe individual de 105,00 €.
6.070 ayudas para la ciudad de Ceuta (637.350,00 €)
6.070 ayudas para la ciudad de Melilla (637.350,00 €)
Ayudas para sufragar el servicio de comedor escolar por un importe individual de 525,00 €.
810 ayudas para la ciudad de Ceuta (425.250,00 €)
420 ayudas para la ciudad de Melilla (220.500,00 €)
Ayudas para sufragar el servicio de transporte
90 ayudas para alumnos con dictamen de necesidades educativas especiales que requieren transporte adaptado en la ciudad de Ceuta. (164.901,87 €)
65 ayudas para alumnos con dictamen de necesidades educativas especiales que requieren transporte adaptado en la ciudad de Melilla. (46.690,00 €)
60 ayudas para alumnos con dictamen de necesidades educativas especiales matriculados en centros de educación especial de la ciudad de Ceuta que no requieren transporte adaptado. (60.129,51 €)
486 ayudas por un importe individual de 308,00 € para alumnos de centros docentes públicos de la Dirección Provincial de Educación de Melilla que no requieran transporte adaptado. (149.688,00 €).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 1 de agosto de 2016 hasta el día 20 de septiembre de 2016.
Sexto. Otros datos.
La documentación requerida para participar en esta convocatoria es la siguiente:
Los alumnos presentarán una única solicitud a su nombre, en la que se indicará el tipo o los tipos de ayudas solicitadas.
Documentación preceptiva que marca la Convocatoria.
Madrid, 19 de julio de 2016.- El Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, Marcial Marín Hellín.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
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