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Documento BOE-B-2016-4056

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 9 de febrero de 2016, páginas 5280 a 5280 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-4056

TEXTO

Edicto

Doña Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 1056/2015, en el que se ha dictado con fecha 18/1/16 auto declarando en estado de concurso a la entidad COMERCIAL SANITARIA, S.A., con CIF A08739104 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019 - 47 -1 - 2015 - 8010046.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: COMERCIAL SANITARIA, S.A., con domicilio en C/ Berguedá, bloque B, nave 18, polígono Urvasa, 08130 Santa Perpetua de Mogoda.

Administrador Concursal: D.D.ª Borja Pardo Ibáñez, con domicilio en C/ Muntaner, 340, 2.º 2.ª, 08021 Barcelona, con correo electrónico bpardo@lexben.es

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 18 de enero de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia. Fdo.: Margarita Marquina Castells.

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