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Documento BOE-B-2016-4083

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 9 de febrero de 2016, páginas 5308 a 5308 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-4083

TEXTO

Don Andrés Prada Horche, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo, por el presente, hago saber:

1º.- Que en sección I declaración concurso 0000224/2015 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 13 de enero de 2016 auto de declaración de concurso voluntario de de Energy Solar Estructuras, S.L. con CIF B74313032, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle San Francisco número 5, 5ºA, Oviedo.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor, y la apertura de liquidación con todos sus pronunciamientos, requiriéndose al administrador concursal a fin de que, en el plazo de quince días desde la aceptación del cargo, presente el correspondiente plan.

3º.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, será de quince días desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4º.- La identidad de la administración concursal es la siguiente: don Orlando Concheso Gallo.

La dirección postal de la administración concursal es la siguiente: calle San Francisco, número 5, 5º A, Oviedo.

La dirección electrónica de la administración concursal es la siguiente: energysolar@gdpconcursal.com

Teléfono 985 27 16 66 fax 985 03 43 79

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

Oviedo, 22 de enero de 2016.- El/la Secretario/a Judicial.

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