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Documento BOE-B-2016-42878

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 225, de 17 de septiembre de 2016, páginas 53164 a 53164 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-42878

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el aratículo 176 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 551/2012, con NIG 4109142M20120001519 por auto de 7/09/16 se ha acordado lo siguiente:

" 1.- Declarar la conclusión del concurso de KANELA OBRADOR, S.L.

2.- Archivar las actuaciones.

3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.

4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

5.- El cese de la administración concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este Juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal.

6.- El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.

7.- La extinción de la entidad KANELA OBRADOR, S.L., debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos del punto anterior así como para reclamar el activo sobrevenido que pudiera aparecer."

Sevilla, 7 de septiembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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