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Documento BOE-B-2016-45400

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 233, de 27 de septiembre de 2016, páginas 56146 a 56146 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-45400

TEXTO

Don Francisco Velasco Garcia-Plata, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.-Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, 12.ª planta.

Numero de asunto.- Concurso voluntario 537/2016 7.ª

Tipo de concurso.- Voluntario.

Entidad instante del concurso y NIF.- Good Service Transporte Urgente, S.L. NIF B63784714.

Fecha de Auto de declaración.- 25/07/2016.

Administradores concursales.- D.ª Olga Forner Beltran, con NIF 46.232.819J domiciliada en Barcelona, Passeig de Gracia, 118, 5.º, como abogada, con correo electrónico forner@marimon-abogados.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Régimen de intervenidas las facultades de la concursada

LLamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio señalado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda.Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes.Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 26 de julio de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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