Considerando lo que prevé la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas; de conformidad con el Capítulo V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento administrativo de autorización de las instalaciones de energía eléctrica.
Dado que la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados, en cumplimiento de lo que exige el artículo 17 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954, ha sido sometida a un periodo de información pública mediante Anuncio publicado en el DOGC núm. 7001, de 11.19.2015; el BOE núm. 310, de 12.28.2015, en el diario de Tarragona de 15.12.2015 y el diario El Periódico de 14.12.2015.
Vista la Resolución EMC/1753/2016, de 2 de mayo, de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública, la cual lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados para la ejecución del proyecto indicado. A los efectos de lo previsto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954, esta Resolución se publicó en el DOGC número 7165 de 07.19.2016 y en el BOE número 155 de 06.28.2016.
De acuerdo con lo previsto en la normativa mencionada, acuerdo:
Fijar las fechas y horas que figuran en el anexo de este Edicto para proceder a la redacción de las actas previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados.
Esta convocatoria se notificará individualmente a las personas interesadas que se deban convocar, que son las que figuran en la relación expuesta en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos afectados.
Deben asistir al acto los titulares de los bienes y derechos afectados, personalmente o representados por una persona debidamente autorizada. Deben presentar los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del IBI (antigua contribución) que corresponde al bien afectado y, si lo estiman conveniente, pueden ir acompañados, a su cargo, por un perito o un notario.
La reunión tendrá lugar en los respectivos Ayuntamientos. A continuación los asistentes se trasladarán, si procede, a los terrenos afectados para proceder a la redacción de las actas.
Esta publicación tendrá los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 2 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en relación con los titulares de las fincas no identificados, desconocidos o con domicilio ignorado.
Anexo
Abreviaturas utilizadas: FN = finca número; PO = polígono número; PA = parcela número; TD = titular.
Lista concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados
Ayuntamiento de Castellet i la Gornal, día 19 de octubre de 2016, a partir de las 13 horas:
FN=6/9; PO=23; PA=4/3; TD= JORDI CATALA SOGUES/LOURDES CUNILLERA DOMENECH.
FN=4; PO=SD; PA=SD; TD= TERESA ROVIROSA BRUNET.
Barcelona, 19 de septiembre de 2016.- Xavier Borras Freixas, Jefe de la Sección de Transporte y Distribución, e.f.
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