Con fecha 8 de septiembre de 2016 el Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por delegación (Orden FOM/1356/2016, de 20 de julio sobre delegación de competencias en el Ministerio de Fomento), ha resuelto aprobar el expediente de información pública y definitiva del proyecto de trazado que se referencia, haciendo constar:
1. Que el proyecto "Seguridad vial. Construcción de glorieta en la actual intersección de la carretera de acceso a Aravell y Bellestar con Ia carretera N-260 Eje Pirenaico, p.k. 230+700. Tramo: Montferrer. Provincia de Lleida" con un presupuesto estimado Base de Licitación (I.V.A. incluido) de 523.857,42 € contiene los documentos con la extensión y el contenido que su autor ha considerado necesarios para cumplir con lo indicado en el artículo 28 "Proyecto de trazado" del Reglamento General de Carreteras aprobado por R.D. 1812/1994, de 2 de septiembre.
2. Que en el Proyecto se incluye un anejo con una relación concreta e individualizada en la que se describen los bienes o derechos que se considera de necesaria expropiación.
Con fecha 6 de septiembre de 2016 la Dirección General de Carreteras ha propuesto la aprobación del expediente de información pública y definitiva del proyecto de trazado.
Y resolviendo:
1. Aprobar el expediente de información pública y, definitivamente, el proyecto de trazado "Seguridad vial. Construcción de glorieta en la actual intersección de la carretera de acceso a Aravell y Bellestar con la carretera N-260 Eje Pirenaico, p.k. 230+700. Tramo: Montferrer. Provincia de Lleida" con un presupuesto estimado Base de Licitación (IVA incluido) de 523.857,42 €, con la siguiente prescripción que es resultado de la admisión de alegaciones presentadas en el procedimiento de información pública y que deberán incluirse en el proyecto de construcción a redactar:
1.1. Se aumentará la anchura del acceso a la finca de referencia catastral 0596704CG7809S hasta valores similares a los existentes en otros accesos.
2. Ordenar que se redacte un proyecto de construcción de forma que se cumplimente la prescripción expuesta anteriormente.
3. Ordenar que Ia Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña dé traslado de la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 31 y 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Sr. Ministro del Departamento, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquella en el «Boletín Oficial del Estado», sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Barcelona, 28 de septiembre de 2016.- Jefe de la Demarcación de Carreteras, Juan Barios Baquero.
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