Edicto.
D.ª Silvia Santana Lena, Letrado de la Administración de Justicia, del Jdo. 1.ª Inst.e Instruccion n.º 3 de Palencia, por el presente, anuncio,
En el presente procedimiento divorcio contencioso n.º 558/13, seguido a instancia de D. Miguel Ángel Castro Hernández, frente a D.ª Ocinea Gomes Da Rocha se ha dictado Sentencia n.º 122/16, de fecha 25/05/16, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Fallo:
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora D.ª María Arias Berrioategortua en nombre y representación de D. Miguel Ángel Castro Hernández contra D.ª Ocinea Gomes Da Rocha, en situación de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución del matrimonio contraído por D.ª Ocinea Gomes Da Rocha y D. Miguel Ángel Castro de la Peña el día 19 diciembre de 2007 en Palencia e inscrito en el Registro Civil de Palencia, con todos los efectos legales inherentes.
Sin expresa imposición de las costas procesales.
Notifíquese esta resolución a las partes advirtiéndoles que contra esta resolución cabe recurso de apelación en el plazo legalmente previsto en el art. 458 de la lec., y una vez firme, comuníquese a los registros civiles correspondientes a los efectos registrales oportunos.
Así lo acuerda D.ª Clara Isabel Méndez Fernández, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de Palencia.
Y encontrándose dicha demandada, D.ª Ocinea Gomes Da Rocha, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.
Palencia, 10 de octubre de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.
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