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Documento BOE-B-2016-50717

VIGO

Publicado en:
«BOE» núm. 252, de 18 de octubre de 2016, páginas 62538 a 62538 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2016-50717

TEXTO

Edicto

Doña Margarita Caloto Goyanes, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Vigo,

Por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I, Declaración Concurso 0000637/2016, se ha dictado en fecha 20 de septiembre de 2016 Auto acordando lo siguiente:

1.- Declarar el concurso voluntario del deudor D.ª Ana María Besada Fernández (DNI 76929026Y), cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Aragón, 181, 4.º A, 36206 de Vigo.

2.- La intervención de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, mediante la autorización o conformidad de la Administración Concursal.

3.- La Administración Concursal estará integrada por la economista D.ª Ana Belén Sorribas Álvarez, con DNI núm. 10193868S, con domicilio profesional en Vigo, C/ Serafín Avendaño, núm. 10, 1.ª, local, código postal 36201, y con teléfonos 986.12.31.62, 639438239 y correo electrónico asorribas@abinec.es

4.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores, para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el art. 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración Concursal, en su dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

5.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 20 de septiembre de 2016.- El/la Letrado de la Administración de Justicia.

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