Está Vd. en

Documento BOE-B-2016-52626

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 25 de octubre de 2016, páginas 64801 a 64801 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-52626

TEXTO

Doña María Aránzazu Alameda López, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 584/2016, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a Luis Miguel Planells Pascual y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 584/2016, sección C2.

NIG del procedimiento.- 08019 47 1 2016 8004915.

Entidad concursada.- Luis Miguel Planells Pascual, con DNI n.º 39039638J, con domicilio en C. Castellassa, 26, Castellar del Valles (Barcelona).

Tipo de concurso.- Voluntario.

Fecha del auto de declaración.- 27.09.2016.

Administrador/es concursal/es.- José Antonio Bascuñana Vico, con domicilio profesional en Avda. Diagonal, 612, 7.º 13, 08021 Barcelona, núm. de teléfono 932001988, núm. de fax 932405403, con dirección electrónica jbv@jbvconcursal.com, designado por la sociedad nombrada administradora BASCUÑANA AC CONCURSAL, S.L.P.

Facultades del concurso.- Intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art.85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 4 de octubre de 2016.- La Letrada de la Admón. de Justicia.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid