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Documento BOE-B-2016-5635

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 20 de febrero de 2016, páginas 7217 a 7217 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-5635

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 2070/2014, con NIG 1808742M20140002330, por auto de veintiséis de enero de dos mil dieciseis se ha declarado en concurso necesario ordinario al deudor CASERÍA DE SAN JERÓNIMO, S.L., con CIF B18683375, con domicilio en C/ Sederos, n.º 2, bajo, 18005 Granada, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Granada.

2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la LC a estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido la sociedad Mir y Romero Asesores Mercantiles, S.L.P., con domicilio postal C/ Pedro Antonio de Alarcón, n.º 34, 1.º-1, 18002 de Granada, y dirección electrónica: concurso2070-14@miryromero.es, siendo la persona natural que la representa D. Miguel Romero Sánchez de profesión titulado mercantil.

El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 LC.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

5.º Que el Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa en el concurso es https//www.publicidadconcursal.es/concursal/jsp/home.jsp.

Granada, 1 de febrero de 2016.- La letrada de la Administración de Justicia.

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