Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia,
Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores de Ribes y Aguerri, S.A., con el número de registro 000281/2015 en cuyo seno se ha dictado sentencia de fecha 26/10/16, por el que se aprueba el convenio presentado al que se han adherido acreedores que representan el 59,38% del pasivo ordinario del deudor, habiéndose ordenado se proceda a dar la publicidad de los artículos 23 y 24 LC.
Que el convenio aprobado es del siguiente tenor:
- Una quita del 50% dentro del plazo máximo de 5 años, con 1 año de carencia.
- La mercantil concursada abonará el importe de los créditos ordinarios que ostenten sus acreedores, esto es el 50%, dentro del plazo máximo de 5 años, con 1 año de carencia, a contar desde la firmeza de la resolución judicial que apruebe el convenio, sin devengo de interés alguno, y con el siguiente calendario de pagos:
1. Para el primer año, carencia de pago.
2. Para el segundo año, se satisfará el porcentaje del 25% (del 50%).
3. Para el tercer año, se satisfará el porcentaje del 25% (del 50%).
4. Para el cuarto año, se satisfará el porcentaje del 25% (del 50%).
5. Para el quinto año, se satisfará el porcentaje del 25% (del 50%).
Valencia, 27 de octubre de 2016.- El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia.
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