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Documento BOE-B-2016-59224

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 21 de noviembre de 2016, páginas 72544 a 72545 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-59224

TEXTO

Edicto

Cédula de Notificación

D. Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado Mercantil Número Uno de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento Concursal voluntario n.º 39/08, de la Entidad Marmoles Nitram, S.L., se ha dictado Auto de fecha 5 de noviembre de 2014, por Doña María Henar Torres Martín, Magistrada-Juez, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"...Parte Dispositiva

Acuerdo:

Procede la conclusión del concurso, dejando sin efecto la situación de concursado de Mármoles Nitram, S.L., y el archivo de las actuaciones.

Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que acredite su recibo por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal.

Las publicaciones deberán ser abonadas con cargo a la masa del concurso, salvo que la administración concursal justifique la insuficiencia de bienes y derechos del concursado o de la masa activa (Disposición Transitoria segunda del Real Decreto Ley 3/2009).

Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado, y en un diario de máxima difusión de la provincia, despacho que se entregará al solicitante del concurso para que se encargue de su publicación.

Procédase a la publicación de la presente el registro Mercantil, o en el Registro que conforme a la ley corresponda.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes que en su caso se hayan acordado.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica del deudor, para lo cual líbrense los mandamientos a los Registro Mercantil y demás que correspondiesen, los que contendrán testimonio de la presente resolución, a fin de proceder el cierre de su hoja de inscripción, despachos que se entregarán al procurador de la parte solicitante del concurso para que cuiden de su diligenciado.

Modo De Impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo dispone, manda y firma doña María Henar Torres Martín, Juez, del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife; doy fe.

La Juez El Secretario Judicial...."

Y para que sirva de notificación a todos los acreedores interesados, se acuerda la fijación en el Tablón de anuncios del Juzgado y publicación en el BOE, por tratarse de última resolución, cuya publicación es gratuita

Santa Cruz de tenerife, 3 de noviembre de 2016.- El/La Letrado de La Administración de Justicia.

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