Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, anuncia:
Que en el procedimiento número 60/2016-9, por Auto de fecha 21 de junio de 2016, se ha dictado Auto de Conclusión del Concurso, correspondiente al deudor: GUADALHORCE OCIO SL, con C.I.F. número B91419697.
La parte dispositiva de la citada resolución, en extracto, dice lo siguiente:
Parte Dispositiva
Acuerdo:
1) La conclusión del proceso concursal de GUADALHORCE OCIO, S.L., con C.I.F. B91419697 y domicilio en Sevilla, C/ Nuestra Señora del Águila, nº 47, Alcalá de Guadaira, llevado en este mismo juzgado con el nº 60/2016. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2) El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en el plazo de 5 días.
3) La declaración de extinción de la sociedad GUADALHORCE OCIO, S.L., con C.I.F. B91419697 y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil y en los demás públicos que corresponda. Expídase mandamiento al Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
4) Notificar el extracto de esta resolución en el BOE de forma gratuita de conformidad con el art 23 L.C.
Sevilla, 11 de noviembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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