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Documento BOE-B-2016-61555

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 29 de noviembre de 2016, páginas 75374 a 75375 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-61555

TEXTO

EDICTO

Juzgado de lo mercantil n.º 8 de Barcelona

Avenida Gran Vía de les Corts catalanes 111(edifici C) Barcelona n CP 08071

Tel:935549468

Fax: 935549568

E-mail:mercantil8.barcelona@xij.gencat.cat.

Procedimiento: Concurso abreviado 993/2014

Sobre: Procedimientos concursales.

Concursada: PUYOL ESCAYOLA, S.L.

Procurador: Andrés Carretero Pérez.

Jesús Santiago Ortego Briongos, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto den declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Numero de asunto: Concurso abreviado 993/2014 sección G

NIG 0801947120148008197

Fecha del auto de declaración 14/01/16

Clase de concurso: Necesario

Entidad Concursada PUYOL ESCAYOLA, S.L., con CIF:B -62529979, CON DOMICILIO EN C/Sant Jordi, 54, Polígono Industrial Santa Maria de Artés (Barcelona).

Administradores concursales

Se ha designado como administrador concursal ERNST&YOUNG, S.L., quien designa a Jordi Gras i Sagrera.

Dirección postal: Edificio Sarrià Forum, Avda. Sarrià nº 102-106 (08017) Barcelona.

Dirección Electrónica:Jordi.GrasiSagrera@es.ey.com

Régimen de las facultades del concursado: intervenidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art.85 de la Ley Concursal(LC) en el plazo de un Mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina Judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes 111, (Edifici C) Barcelona

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC).La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos. Mercantiles

Barcelona, 24 de febrero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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