Edicto
D./Dña. Águeda Reyes Almeida, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,
Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000215/2016, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. Zaida María Santana de Vera, en nombre y representación de Canarisac, S.L., se ha dictado auto el día 13 de septiembre de 2016, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:
Se declara el concurso de Canarisac, S.L. con CIF n.º B35734383, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.
A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.
Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y en el Boletín Oficial del Estado.
Se designa como Administrador del concurso a: D. Oliverio Trujillo Paz, como economista, el cual ha designado como domicilio postal C/ Luis Doreste Silva, 18 B - 3.º izquierda, 35004 Las Palmas de Gran Canaria, teléfono: 928-918689, fax: 928-292925, y dirección electrónica otrujillo@crvconsultores.com
En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; la intervención de la administración concursal.
Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.
Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).
D./Dña. Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez. D./Dña. Águeda Reyes Almeida, Letrado/a de la Administración de Justicia. - Firmados y rubricados.
Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.
Las Palmas de Gran Canaria, 29 de noviembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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