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Documento BOE-B-2016-65006

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 17 de diciembre de 2016, páginas 79433 a 79433 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-65006

TEXTO

Edicto

Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid. Hago saber:

Que en este Juzgado se sigue procedimiento de concurso voluntario abreviado de la mercantil "Restaurante Tenis Coslada, S.L.", bajo el número 819/2016 en los que se ha dictado auto en fecha 29 de noviembre de 2016 acordando:

Primero.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el procurador de los Tribunales, Sr. Torres Alvarez, en nombre y representación de "Restaurante Tenis Coslada, S.L.", con CIF B-85022754

Segundo.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario al deudor "Restaurante Tenis Coslada, S.L.", se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas procedimentales del Capítulo II del Título VIII Ley Concursal para el procedimiento abreviado.

Tercero.- El deudor "Restaurante Tenis Coslada, S.L.", conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.

Cuarto.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.° del artículo 176.bis Ley Concursal, con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial:

a.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.

b.- Firme la presente resolución, notifíquese la presente a los acreedores y demás interesados; inscribiendo la misma en el modo señalado en el artículo 24 Ley Concursal; declarando la gratuidad de la inscripción en el "Boletín Oficial del Estado";

c.- Se acuerda a efectos concursales la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada, disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos y el cierre de las hojas registrales a los efectos concursales, librando para ellos los oportunos mandamientos una vez firme la presente Resolución.

Y para que sirva de publicidad en forma, se expide el presente

Madrid, 29 de septiembre de 2016.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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