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Documento BOE-B-2016-65798

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 21 de diciembre de 2016, páginas 80405 a 80406 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-65798

TEXTO

Dña. Cristina Mª Valero Domenech, Letrado/a Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 138/2015 habiéndose dictado en fecha 9 de noviembre de 2016 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

PARTE DISPOSITIVA

Se decreta la conclusión del concurso concurso Abreviado, tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 138/2015, promovido por la Procuradora Sr/a. Jorda Albiñana, Dolores, en nombre y representación del deudor Jose Vicente Segarra Vila, con D.N.I./N.I.F. nº 20152036B y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Ignacio Pedrosa Sanchez, con DNI Nº 24346747M, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda expedir mandamiento al Registro Civil de la localidad de Valencia acompañando testimonio de esta resolución firme, para la anotación marginal de la presente resolución en el Tomo 00048_N7N, Página 383 de la Sección 1ª, ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.

Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 5 de octubre de 2016.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada Jorda Albiñana, Dolores, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.

Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2ª del Concursado.

Notifiquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC).

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo/a Sr/a. D/Dña Montserrat Molina Pla Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe.

Valencia, 9 de noviembre de 2016.- El/La Letrado/a Admón Justicia.

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