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Documento BOE-B-2016-8449

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 9 de marzo de 2016, páginas 10594 a 10594 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-8449

TEXTO

Doña María Jesús Palmero Sandin, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia

1.º Que en el procedimiento concurso ordinario 350/2015, por auto de fecha 1 de febrero de 2016, se ha dispuesto, que a los fines de coordinar y ordenar las actuaciones del proceo acumulado respecto al seguido en este Juzgado, la publicación de una fracción de la parte dispositiva de la referida resolución, relativa a la aceptación de la acumulación, del actual Juzgado competente y del número de procedimiento con el cual se tramitará el procedimiento; todo ello a los efectos de conocimiento por acreedores e interesados; a los fines de que se dirijan sus escritos y personaciones a este Juzgado Mercantil n.º 6 de Madrid y proceso concursal n.º 350/2015.

La fracción de la parte dispositiva del auto de fecha 1 de febrero de 2016, es del siguiente tenor literal:

"Dispongo: Que a los fines de coordinar y ordenar las actuaciones del proceso acumulado respecto al seguido en este Juzgado, se acuerda:

1.- Admitir y aceptar las actuaciones del proceso seguido en el Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Madrid con el n.º 321/13 respecto a la mercantil Autopista de la Costa Cálida, Concesionaria Española de Autopistas, S.A. (Aucosta), cuya tramitación continuará bajo la competencia objetiva de éste Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de los de Madrid bajo el procedimiento n.º 350/15 y acumulado al seguido con el n.º 701/12 respecto de la mercantil Accesos de Madrid, Sociedad Concesionaria Española, S.A.; con tramitación separada y coordinada; sin retrotraer las actuaciones;......

4.- Ordenar nueva publicación en el BOE de los apartados 1.º y 4.º de la parte dispositiva de esta Resolución, a los fines de hacer constar que por auto de este Juzgado Mercantil nº 6 de Madrid se solicitó y obtuvo la acumulación del proceso concursal n.º 321/13 del Juzgado Mercantil n.º 7 de Madrid [Autopista de la Costa Cálida, Concesionaria Española de Autopistas S.A. (Aucosta)], el cual se seguirá ante este Juzgado Mercantil n.º 6 de Madrid con el n.º 350/15, al que deberán dirigir las partes personadas, acreedores e interesados sus escritos.

Hágase entrega de los oportunos oficios y mandamientos al procurador del instante para su diligenciamiento, debiendo dar cuenta de su resultado y cumplimentación; sin perjuicio de librar -a instancia de parte- otros que fueran necesarios para la debida constancia registral de la presente Resolución."

Madrid, 1 de febrero de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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