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Documento BOE-B-2016-8525

CÁDIZ

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 10 de marzo de 2016, páginas 10698 a 10698 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2016-8525

TEXTO

Juzgado de Primera Instancia número 5 de Cádiz

Edicto

En el presente procedimiento Ordinario n.º 517/2014 seguido a instancia de Consorcio Zona Franca de Cádiz frente a Inversiones Portuarias Andaluzas, S.L., se ha dictado sentencia que en encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia N. 162/15, en Cádiz, a 15 de septiembre de 2015.

La Ilma. Sra. Dña. Ana María López Chocarro, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 5 de los de Cádiz, celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha; habiendo visto los presentes Autos de Juicio Ordinario 517/14 sobre ejercicio de la acción real de censo reservativo y reclamación de cantidad, promovidos a instancias de Consorcio Zona Franca, y en su representación y defensa el Letrado sustituto del Abogado del Estado, contra la mercantil Inversiones Portuarias Andaluzas, S.L., Fallo: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Consorcio Zona Franca de Cádiz frente a Inversiones Portuarias Andaluzas, S.L., debo declarar y declaro la sujeción real de la finca registral 10080, tomo 1204, libro 146, folio 48-Alta 6 al censo reservatorio ejercitado por la suma de 25.882,27 euros más intereses moratorios en la suma de 2.847,97 euros procediendo la realización del inmueble en vía de apremio y debo condenar y condeno a la demandada al pago de dicha suma. Las costas se imponen a la parte demandada.

Y para que sirva de notificación a Inversiones Portuarias Andaluzas, S.L., en situación procesal de rebeldía, significándole que, por no ser firme, contra la misma cabe interponer recurso de Apelación en el término de veinte días ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de Cádiz, se expide el presente.

Cádiz, 10 de febrero de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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